EL NUEVO GOBIERNO HA APROBADO EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL (SMI) PARA 2012 QUE SE QUEDA COMO ESTABA, ES DECIR, EN 641,40 EUROS MENSUALES.
Esta congelación del salario mínimo es un avance de las medidas de reformas estructurales que va a llegar a partir del mes de marzo, fundamentalmente en materia de contratación, salario, despidos y negociación colectiva, y que en lo que se refiere a los salarios, se va a procurar atajar un problema sistemático de nuestra economía, cual es la baja productividad y competitividad de nuestras empresas.
El salario mínimo interprofesional en España traza la línea del mínimo por el que se puede trabajar por cuenta ajena en España, si bien, sólo cuando la actividad no está bajo el ámbito de aplicación de un convenio colectivo, porque en tal supuesto, éste, marcará el mínimo salarial y que siempre deberá ser igual o superior al SMI.
Este mínimo legal mejorado que supone lo regulado por convenio colectivo tiene excepciones con los convenios colectivos de ámbito empresarial, que con determinados requisitos y supuestos, pueden “empeorar” lo previsto en un convenio sectorial, aunque, en ningún caso, podrán “empeorar” la barrera trazada por el SMI, de ahí su importancia en nuestro sistema de relaciones laborales.
En términos comunitarios debemos afirmar que nuestro SMI es de los más bajos de Europa, sólo por encima de Portugal y los países del este de Europa, como Rumania y Bulgaria.