Aquellos Emprendedores con Proyectos que demanden de Inversión Privada lo tienen un poco más fácil tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley 8/2011, de 1 de julio.
¿Por qué?
Tras la entrada en vigor de la norma, los Inversores que entren en una sociedad de nueva creación con Emprendedores, y mantengan su inversión en participaciones de la sociedad entre 3 y 10 años, gozarán de una exención en la ganancia patrimonial de IRPF una vez salgan de la sociedad y transmita sus participaciones. Para aplicar la exención el inversor no podrá tener una participación superior al 40%.
En próximos Post continuaremos con consejos para emprendedores ..