Durante 2013 las empresas podrán aplicar hasta 10 tipos de bonificaciones diferentes en los seguros sociales. Las 8 primeras, son bonificaciones que se mantienen vigentes por el RDL 20/2012 disp.trans.6ª 2, modificada por la L 13/2012 disp. final 5ª; las 2 últimas son introducidas "ex novo" por estas normas. Son las siguientes:
1. Contratación bajo la modalidad de contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores.
2. Transformación de contratos en prácticas, de relevo y de sustitución en indefinidos.
3. Medida de apoyo a las suspensiones de contratos y reducciones de jornada.
4. Prolongación del período de actividad de los trabajadores fijos discontinuos en el sector turístico, comercio vinculado al mismo y hostelería.
5. Períodos de descanso de trabajadores por maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural o suspensión por paternidad.
6. Contratación de cuidadores en familias numerosas.
7. Contratación de personas:
—con discapacidad;
—víctimas de violencia doméstica o de violencia de género;
—víctimas de terrorismo;
—en situación de exclusión social.
8. Contratos de interinidad:
—para sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción o acogimiento;
—para sustituir bajas por incapacidad temporal de personas con discapacidad;
—para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia de género.
9. Primer empleo joven.
10. Incorporación de jóvenes a entidades de la economía social.