Assign modules on offcanvas module position to make them visible in the sidebar.
Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit, sed do eiusmod tempor incididunt.
El Tribunal Constitucional ha fallado a favor de la Reforma Laboral. En el auto realizado por D. Enrique Lopez, Magistrado del Tribunal Constitucional, se reconoce que tanto el régimen transitorio que se aplica a la reducción de los días de indemnización por despido, como las modificaciones en materia de salarios de tramitación, se ajustan a la
Autónomos y pymes disponían hasta el pasado 31 de diciembre para darse de alta en el régimen especial de IVA en caja. Sin embargo, ante la dudas que ha generado este regimen especial, la Agencia Tributaria ha decidido ampliar el plazo para acogerse al mismo.
La norma que amplia este plazo es el Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre, y lo hace hasta el próximo 31 de marzo de 2014.
Enlace al Real Decreto 1042/2013 de 27 de diciembre
http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-13759
Para leer más sobre el IVA de caja:
http://www.ae-asesores.com/index.php/contabilidad-y-fiscal-blog/item/autonomos-y-pymes-podran-pagar-el-iva-cuando-cobren-las-facturas-conoces-los-requisitos
Tras la reforma laboral de 2012 el Convenio Colectivo de Empresa tiene prioridad aplicativa sobre el Convenio Colectivo del Sector. La base legal esta en la nueva regulación del artículo 84.2 Del Estatuto de los Trabajadores, que dice expresamente: ...
En 2014 todos los trabajadores verán como se le detrae una cantidad mayor en su nomina en concepto de seguridad social.
Ello se debe a que el pasado 22 de diciembre de 2013 entro en vigor una reforma en los conceptos que cotizan a la seguridad social, de forma que a partir de ahora cotizaran conceptos que antes no lo hacían, como:
i eres autónomo societario o autónomo persona física con más de 10 trabajadores veras incrementada la cuota que pagas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, para 2014.
Una disposición adicional introducida en el Real Decreto-ley 16/2013, equipara las bases mínimas de cotización prevista en el régimen de autónomos, con la base mínima de cotización prevista para los trabajadores encuadrados en el grupo 1 de cotización al Régimen General, que ascienden a 1.051,50 euros, con lo que la cuota mensual de autónomos será de 313,34 euros. Quedan exentos durante 12 meses, a contar desde la fecha de alta, los autónomos que inicien por primera vez una actividad encuadrada en el RETA.